CONTRA
EL DDL BOSSI – FINI
CIUDADANIA PARA TODOS
El DDL Bossi–Fini no està todavia en vigor, pero serà aprobado facilmente antes del final del año si no se desarrolla inmediatamente una oposiciòn social fuerte de parte de las comunidades extranjeras, de los sindicatos y de todos los ciudadanos democràticos.
Estas son las principales modificaciones que seràn introducidos si el DDL Bossi–Fini es aprobado
Se reduciràn los canales de entrada
regular en italia aboliendo las
patrocinaciones para la bùsqueda de
trabajo
No se podrà entrar en Italia con un permiso de
“bùsqueda de trabajo” basado sobre las garantias del
alojamiento y el sosten ofrecido por un ciudadano italiano o extranjero
residente en Italia.
Los decretos de los flujos anuales que establecen el
nùmero de trabajadores inmigrados que pueden entrar en Italia
asignaràn cuotas preferenciales a los trabajadores de origen italiano
hasta el tercer grado de parentesco.
Serà necesario estipular antes de entrar en
Italia un contrato de permanencia por motivo de trabajo con el cual quien
contrata el trabajador deberà garantizar el alojamiento y el pago de los
gastos de viaje para el regreso al pais de origen al finalizar el contrato de
trabajo. El permiso de permanencia por motivo de trabajo tendrà una
duraciòn correspondiente a la del contrato de permanencia por motivo de
trabajo y de todos modos no podrà ser superior a:
a)
nueve meses para trabajo temporal
b)
un año para trabajo subordinado por tiempo determinado
c)
dos años para trabajo dependiente por tiempo indeterminado. El
trabajador, auque sea dependiente por tiempo indeterminado debe renovar el
permiso de permanencia cada dos años. En el caso de despido se reduce de
doce a seis meses el periodo minimo de inscripciòn a las oficinas de
empleo.
Aumentaràn los casos en los cuales la
expulsiòn serà inmediatamente ejecutiva con acompañamiento
inmediato a la frontera. de éste modo es negado de hecho el derecho a la
defensa. Contra el decreto de expulsiòn serà posible recurrir
solamente en el pais de origen dentro del plazo de 60 dias desde la
emanaciòn de la disposiciòn.
Quien reciba un decreto de expulsiòn por diez
años no puede reentrar de nuevo en Italia. El inmigrado que haya
recibido una expulsiòn judicial o che después de haber recibido
una expulsiòn administrativa reentra en Italia por la tercera vez
serà castigado con una reclusiòn de uno a cuatro años.
El inmigrado podrà ser retenido en el centro de
retenciòn por un periodo de 60 dias.
El periodo de residencia necesario para obtener el
documento de estancia serà aumentado de 5 a 6 años.
Serà posible la reunificaciòn solo del
conyuge, de los hijos menores y de los padres a cargo solo si estos no tienen
otros hijos.
La introducciòn de un procedimiento
simplificado para la solicitud de asilo impedirà a los solicitantes
poder recibir asistencia legal y de apoyar la propia solicitud. En la mayor
parte de los casos serà predispuesta la retenciòn de los
solicitantes de asilo en los centros de retenciòn.